lunes, 21 de febrero de 2011

CONAF MAGALLANES EVALÚA DAÑOS A PINTURAS RUPESTRES EN EL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE



La Corporación Nacional Forestal ha realizado diversas acciones para evaluar cómo revertir el daño provocado y sancionar a los responsables de la alteración de este patrimonio arqueológico.
Impacto causó el daño provocado por turistas a una serie de pinturas rupestres ubicadas al interior del Parque Nacional Torres del Paine. Se trata de marcas realizadas sobre impresiones correspondientes al periodo paleoindio, vale decir, arte rupestre del hombre primitivo.

Las pinturas están ubicadas en un alero de conglomerado rocoso perteneciente a la formación Lago Sofía, en un ambiente de estepa entre las porterías Sarmiento y Laguna Amarga. El sitio, identificado como “Sarmiento 1”, es considerado uno de los más importantes en su género en la Región de Magallanes. Esta lamentable intervención alteró su condición primitiva, produciendo un grave daño al alterar algunas impresiones, remarcándolas; además, la persona que las manipuló dejó impresas sus propias manos en el lugar.

En el lugar están autorizadas las visitas guiadas, dado lo vulnerable del recurso que ahí se encuentra. El administrador del Parque Nacional Torres del Paine Guillermo Santana visitó el sitio el pasado miércoles para verificar la situación en terreno. Posteriormente se contactó con Paulina Acuña, de la Comisión de Patrimonio Arqueológico del Consejo de Monumentos Nacionales para informar de la situación, manifestando que CONAF no intervendrá ni restaurará el sitio hasta contar con la asesoría técnica de un especialista.

La profesional del Consejo de Monumentos Nacionales se mostró de acuerdo con esperar la opinión de un experto para ver cómo limpiar las pinturas afectadas y recordó que esta operación requerirá de una autorización del propio Consejo, por corresponder a un Monumento Nacional en su categoría de Monumento Arqueológico. La entidad ofreció su ayuda para consultar en el Centro Nacional de Conservación y Restauración si es posible realizar la limpieza del sitio afectado.

El pasado viernes el funcionario de la Oficina Provincial de CONAF Jovito González visitó el lugar, junto a personal especializado de la Policía de Investigaciones que constató el hecho en terreno y realizó las pericias fotográficas, planimétricas y de huellas digitales de la intervención, para reunir todos los antecedentes que posibiliten identificar a la o las personas que cometieron este ilícito.

En tanto, el director regional José Fernández Dübrock informó que la Corporación está realizando los trámites pertinentes para llevar adelante esta denuncia en la fiscalía local.

Incendio en Mirador Los Cuernos
En cuanto al incendio provocado el día 14 de febrero pasado por el ciudadano israelita Segev Liad, CONAF Magallanes informa que el proceso de investigación continúa, apoyado por los procedimientos realizados por Carabineros y la Policía de Investigaciones. Los antecedentes fueron presentados al Juzgado de Policía Local.

Los hechos ocurrieron en la madrugada del 14 de febrero, cuando Segev Liad acampó en un lugar no autorizado, donde además encendió una fogata, lo que no se permite al interior de esta área silvestre protegida por el alto riesgo que implica. A las 6:20 horas, CONAF recibió la alerta radial desde la guardería Pudeto, ubicada en el sector del Lago Pehoé, en la que se informaba de un incendio forestal en el área del sendero al Mirador de los Cuernos del Paine (ribera este del Lago Nordenskjöld).

Al lugar concurrió la brigada de combate contra incendios forestales 1203, Carabineros de la Avanzada Torres del Paine y el administrador de la Unidad. Al momento de arribar al incendio, se comprobó que afectaba una superficie de diez metros cuadrados de vegetación nativa, al interior de un bosque de ñirre. Carabineros trasladó al ciudadano israelita a la Administración del Parque, para efectuarle un control de identidad conforme al Artículo 83 del Código Procesal Penal.

Posteriormente, la Brigada 1203 continuó en el área en faenas de liquidación. La lluvia que durante ese momento caía en forma ininterrumpida evitó la propagación del incendio y un mayor daño.

Pese a que el responsable abandonó el país, de igual manera se le podrá notificar el fallo del tribunal y la pena correspondiente que se establezca una vez finalizada la investigación.

Cabe mencionar que, contrariamente a lo señalado por algunos medios de comunicación locales, la legislación chilena incorpora el delito de incendios forestales desde 1931, señalando claramente las infracciones y sanciones a las que las personas se exponen en caso de ocasionar un siniestro de estas características, ya sea por accidente, negligencia o intencionalmente. Éstas son: presidio menor en cualquiera de sus grados, multas de hasta veinte unidades tributarias mensuales (1 UTM marzo 2011= $37.794) o de hasta diez sueldos vitales mensuales (1 sueldo vital al segundo semestre de 2010= $27.710).
Fuente: www.radiopolar.com